En la Asamblea General reunida el 1° de Diciembre de 1905, el Señor Presidente de la Sociedad Geológica Mexicana, en una corta alocución, llamó la atención de los socios presentes sobre los progresos alcanzados por la Sociedad durante el año de 1905, refiriéndose especialmente á la importancia y variedad de los trabajos que fueron presentados, así como al favorable movimiento y estado de los fondos de la Sociedad, de los que el Señor Tesorero presentó una cuenta detal1ada, que fué aprobada en la misma Asamblea General.

 

SESIONES

Las sesiones ordinarias de la Sociedad se han verificado con toda regularidad una vez al mes, como lo previenen los Estatutos, y con asistencia. de un número competente de socios. Algunas discusiones importantes se han suscitado durante la lectura de ciertos trabajos, en tanto que otros han requerido experiencias que se han practicado en presencia de los socios. Por acuerdo expreso del Consejo de la Sociedad y conforme con sus Estatutos, la mayor parte de estos trabajos se insertan en el presente Boletín.

Para asegurar una asistencia mayor de socios, quedó establecido que las sesiones se verifiquen el primer viernes de cada mes, en lugar del día primero, como había sido anteriormente la costumbre. Por la galante hospitalidad del Director del Instituto Geológico, la Sociedad Geológica seguirá domiciliada en el edificio de dicho Instituto: 5.a del Ciprés 2,728, México, D. F.

 

ESTATUTOS

A petición de varios miembros de la Sociedad, se aprobó en la Asamblea General una adición importante al artículo VI de los Estatutos, por la que se previene: que los nuevos socios que ingresen á la Sociedad, deberán pagar la cuota completa del año, cualquiera que sea la fecha de su admisión como miembros.

Los estatutos que rigen á la Sociedad son como sigue:

 

ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD GEOLÓGICA MEXICANA

Art. I. La Sociedad se denomina «Sociedad Geológica Mexicana,» y tendrá su domicilio en la Ciudad de México.

Art. II. Tiene por objeto; cultivar y propagar el estudio de la Geología y ciencias anexas; contribuir al adelanto de la Geología en gencral, y dar á conocer el suelo de México, tanto en si mismo, como en sus relaciones con la minería, la agricultura y otras artes industriales.

Art. III. La Sociedad se compone de miembros activos y miembros protectores, cuyo número es limitado; los nacionales y los extranjeros pueden igualmente ser miembros de la Sociedad.

Art. IV. Para ser miembro de la Sociedad, basta ser postulado en una sesión por dos de sus miembros, admitido por ella, y proclamado por el Presidente en la siguiente sesión.

Art. V. Los miembros protectores pueden ser individuos ó corporadones científicas ó industriales. Art. VL Los miembros activos pagarán una cuota anual de doce pesos ($12.00 cs.). Los miembros protectores no tienen cuota. fija; pero nunca será menor que la asignada á los miembros activos.

Los nuevos miembros, activos ó protectores, pagarán su cuota anual completa desde el primer año, cualquiera que sea la fecha de su inscripción.

Art. VII. Todos los miembros, ya sean activos ó protectores, podrán asistir á las sesiones; tienen en ellas voz y voto y derecho de consultar la biblioteca, sujetándose á las disposiciones especiales, y recibirán gratuitamente las publicaciones de la Sociedad.

Art. VIII. Todo miembro que durante tres años deje de pagar su cuota, se considerará excluido de la Sociedad, previas una excitativa para hacer el pago de lo que adeude, y una notificación de haberse acordado la exclusión.

Art. IX. La Sociedad tendrá una Junta Directiva, formada de

Un Presidente,

Un Vicepresidente,

Un Secretario,   

Un Prosecrelario y Bibliotecario,

Un Tesorero y

cuatro vocales

Art. X. Todos los miembros de la Junta serán elegidos alternadamente para durar en su encargo por dos años. Un año serán elegidos: el Presidente, el Secretario, el Tesorero y los Vocales primero y tercero; y en el siguiente año se elegirán: el vicepresidente, el Prosecretario y los Vocales segundo y cuarto.

Art. XI. Los miembros de la Junta Directiva deberán estar radicados en la ciudad de México, y serán elegidos por mayoría relativa de votos en la Asamblea General anual, tanto por los socios presentes, como por los ansentes; éstos por medio de cédulas mandadas por correo.

Art. XII. El Tesorero presentará en la Asamblea anual, una cuenta del movimiento de fondos habido durante el año.

Art. XIII. La Sociedad publicará un Boletín que se distribuirá gratuitamente á los miembros de la Sociedad, como se dijo en el artículo VII, y será canjeado por las publicaciones similares. Los nuevos socios podrán recibir los números atrasados del Boletín al precio de costo, y se venderán al público al menor precio posible.

Art. XIV. En el Boletín se publicarán los trabajos presentados por los miembros, y los de personas extrañas á la Sociedad, cuando estos trabajos sean de positiva utilidad.

Art. XV. La Junta Directiva decidirá la impresión de los trabajos, dejando á cada autor la responsabilidad absoluta de sus ideas.

Art. XVI. Serán Socios protectores por vida, los individuos ó corporaciones que paguen $200.00 cts. por una sola vez como mínimum; y socios activos por vida, los que paguen $ 100.00 cts. por una sola vez como mínimum. Art. XVII. Los socios contraen la obligación de presentar un trabajo para su lectura en sesión ordinaria, por lo menos cada tres años. Art. XVIII. Los socios se reunirán en sesión ordinaria una vez al mes, en la ciudad de México, y una vez al año en sesión extraordinaria ó Asamblea General, en la misma ciudad de México, ó en alguna otra ciudad del país, previa designación hecha por la Junta, verificándose también, á la vez, una ó varias excursiones geológicas. Art. XIX. Los socios deberán pagar sus cuotas por años adelantados, al principio de cada año civil, sin que sea necesario que con anterioridad se les mande el recibo correspondiente, el cual recibirán como contestación al envío de sus cuotas.

En la misma Asamblea General del año de 1905, se hizo la elección de los miembros del Consejo que prescriben los estatutos de la Sociedad conforme al art. X, resultando electos para durar en su encargo dos años, los socios siguientes:

Vicepresidente.- Sr. Ing. D. Joaquín M. Ramos.
Prosecretario y Bibliotecario. Sr. Rafael Aguilar y Santillán.
2.° Vocal,- Sr. Lic. Agustín M. Lazo.
4.° Vocal.- Sr. Ing. Maximino Alcalá.